Guía
Nuevo RUS y facturación electrónica: ¿estás obligado?
Si sigues en el Nuevo RUS, SUNAT no te obliga a emitir electrónico: puedes usar boletas impresas o tickets, pero nunca facturas. Al salir del régimen, sí.
Por el equipo de Aluvi · Publicada el
No, mientras sigas en el Nuevo RUS. SUNAT no ha designado a los contribuyentes de este régimen como emisores electrónicos obligados: puedes seguir emitiendo boletas de venta impresas y tickets, o pasarte a la boleta electrónica si te conviene. Lo que el Nuevo RUS nunca puede emitir es factura. Y si sales del régimen, desde junio de 2026 la obligación electrónica empieza al mes siguiente.
Abajo tienes qué puede emitir un negocio del Nuevo RUS, qué cambió en 2026 y qué hacer si tus clientes empiezan a pedirte factura.
Qué comprobantes puede emitir el Nuevo RUS
El Reglamento de Comprobantes de Pago y la carpeta tributaria de SUNAT sobre el Nuevo RUS son claros:
- Sí puede emitir: boletas de venta y tickets.
- No puede emitir: facturas, liquidaciones de compra ni tickets que permitan usar crédito fiscal o sustentar gasto o costo.
Emitir una factura estando en el Nuevo RUS es una infracción. Además, en las boletas del Nuevo RUS no se discrimina el impuesto.
Ventas de menos de S/ 5
Según la carpeta de SUNAT, por ventas de hasta S/ 5 no estás obligado a entregar boleta o ticket, salvo que el cliente lo pida. Pero al final del día debes emitir una boleta que resuma esas ventas menudas, y quedarte con el original y la copia.
¿Estás obligado a la boleta electrónica?
Hoy, no. En el Informe N.° 000060-2022-SUNAT/7T0000, SUNAT analizó si un sujeto del Nuevo RUS podía seguir emitiendo boletas impresas. Concluyó que sí: la norma que designó emisores electrónicos por ingresos (RS N.° 279-2019/SUNAT) excluyó a quienes figuraban en el Nuevo RUS, y ninguna norma posterior los ha designado.
Eso no impide que elijas emitir boletas electrónicas. Muchos negocios pequeños lo hacen porque un sistema de caja las genera solas al cobrar, sin talonarios ni copias que guardar.
Ojo con un detalle: si te volviste emisor electrónico por elección, las reglas sobre cuándo puedes volver a usar comprobantes impresos tienen matices. En ese caso, verifica tu situación con SUNAT antes de volver al talonario.
Lo que cambió en 2026: la RS N.° 000075-2026/SUNAT
La RS N.° 000075-2026/SUNAT, vigente desde el 1 de junio de 2026, adelantó el momento en que SUNAT te vuelve emisor electrónico en dos casos. Ninguno toca a quien sigue en el Nuevo RUS, pero los dos importan si estás pensando en cambiar de régimen.
| Caso | Antes | Desde el 1 de junio de 2026 |
|---|---|---|
| Te inscribes en el RUC en el Régimen MYPE Tributario, Especial o General | Desde el primer día del tercer mes siguiente a la inscripción | Desde el día de la inscripción |
| Dejas de figurar en el RUC como sujeto del Nuevo RUS | Con un desfase de meses (según la RS N.° 279-2019/SUNAT) | Desde el primer día calendario del mes siguiente |
En los dos casos, la designación aplica si debes emitir facturas, boletas o notas de crédito o débito. La norma también dispuso que quien quedaba designado bajo las reglas anteriores y aún no era emisor al 31 de mayo de 2026 pasó a serlo desde el 1 de junio de 2026. Además, quien debe llevar los registros de ventas y compras tiene que llevarlos en el SIRE desde que adquiere esa obligación.
En la práctica: si dejas de figurar en el RUC como Nuevo RUS en octubre, por ejemplo porque pasaste al Régimen MYPE, desde el 1 de noviembre tus boletas y facturas deben ser electrónicas. Ya no hay meses de transición.
Si tus clientes te piden factura
Es la razón más común para dejar el Nuevo RUS: un restaurante que empieza a atender a empresas, o una bodega que le vende a otros negocios. Como el Nuevo RUS no puede emitir facturas, el camino es cambiar de régimen. Según la carpeta de SUNAT, puedes hacerlo en cualquier mes del año con el Formulario 621 (o acudiendo a un Centro de Servicios al Contribuyente), pasando al Régimen Especial, al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General.
Antes de dar el paso:
- Ten listo tu sistema de facturación electrónica. Con la RS N.° 000075-2026/SUNAT, la obligación empieza el mes siguiente al cambio.
- Revisa con tu contador el nuevo régimen. Cambian los impuestos que declaras y los libros o registros que llevas.
- Aprende la diferencia entre boleta y factura. Te la explicamos en boleta o factura electrónica.
Límites del Nuevo RUS
Es posible que tengas que salir del régimen aunque no quieras, por superar sus topes. Según la carpeta de SUNAT:
- Categoría 1: ingresos o compras mensuales de hasta S/ 5,000, con una cuota mensual de S/ 20.
- Categoría 2: ingresos o compras mensuales de hasta S/ 8,000, con una cuota mensual de S/ 50.
- Tope anual: S/ 96,000 de ingresos brutos y S/ 96,000 de compras.
- Activos fijos: hasta S/ 70,000, sin contar predios ni vehículos.
- Un solo establecimiento o unidad de explotación.
Si en un mes superas los S/ 8,000, o pasas el tope anual, tienes que cambiar de régimen. Desde ese momento empieza a correr la obligación electrónica de la RS N.° 000075-2026/SUNAT. Las cifras y condiciones exactas pueden actualizarse: verifica con SUNAT tu caso.
Cómo lo hace Aluvi
Si decides emitir boletas electrónicas, o vas a dejar el Nuevo RUS, Aluvi emite boletas y facturas electrónicas al cobrar, imprime en ticketeras de 80 mm y envía el PDF por WhatsApp. Durante la prueba gratis emites notas de venta; la emisión ante SUNAT se activa cuando contratas. Más detalle en facturación electrónica.
Preguntas frecuentes
¿El Nuevo RUS está obligado a emitir comprobantes electrónicos?
No, mientras siga en el Nuevo RUS. SUNAT no ha designado a los contribuyentes de este régimen como emisores electrónicos obligados, y en el Informe N.° 000060-2022-SUNAT/7T0000 concluyó que pueden seguir emitiendo boletas de venta impresas. Pueden, si quieren, pasarse a la boleta electrónica.
¿Un negocio del Nuevo RUS puede emitir facturas?
No. Los sujetos del Nuevo RUS solo pueden emitir boletas de venta y tickets que no dan derecho a crédito fiscal ni sustentan gasto o costo. Si tus clientes te piden factura, tienes que cambiar al Régimen Especial, al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General.
¿Qué pasa con la facturación electrónica si salgo del Nuevo RUS?
Desde el 1 de junio de 2026, por la Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT, pasas a ser emisor electrónico desde el primer día calendario del mes siguiente a aquel en que dejas de figurar en el RUC como sujeto del Nuevo RUS, siempre que debas emitir facturas, boletas o notas.
¿Si recién saco mi RUC en el Régimen MYPE tengo que facturar electrónicamente?
Sí. Desde el 1 de junio de 2026, quien se inscribe en el RUC y elige el Régimen MYPE Tributario, el Régimen Especial o el Régimen General es emisor electrónico desde el mismo día de su inscripción. Quien se inscribe en el Nuevo RUS no está comprendido en esa designación.
Fuentes
- Resolución de Superintendencia N.° 000075-2026/SUNAT (emisores electrónicos desde la inscripción y al salir del Nuevo RUS)
- El Peruano — SUNAT adelanta la facturación digital (RS N.° 000075-2026/SUNAT)
- SUNAT — Informe N.° 000060-2022-SUNAT/7T0000 (el Nuevo RUS puede seguir emitiendo boletas impresas)
- SUNAT Orientación — Nuevo RUS (carpeta tributaria)
- SUNAT — Reglamento de Comprobantes de Pago, capítulo I (artículo 4: comprobantes del Nuevo RUS)
Esta guía es informativa y no reemplaza la orientación de SUNAT ni la de tu contador. Las normas cambian: revisa la fecha de arriba.
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